Articulo 11 Numeral 2

El Organismo Ejecutivo, además de la información pública de oficio contenida en la presente ley, debe hacer pública como mínimo la siguiente:
El listado de asesores, con sus respectivas remuneraciones de cada una de las instituciones mencionadas en el numeral anterior,

ARTICULO 10
ARTICULO 11
Año 2023

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

 

 

Año 2022

Enero


Febrero



Marzo



Abril



Mayo


Junio



Julio



Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre 

Diciembre

Año 2021

Enero


Febrero

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Año 2020

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Año 2019

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Año 2016

Enero